Certificado de seudónimo para personal empleado público
- ¿Qué es?
- ¿Para qué se puede utilizar un certificado de seudónimo?
- Referencias normativas
- ¿Cómo solicitarlo?
Izenpe emite certificados de seudónimo para personal empleado público según los criterios recogidos en la normativa vigente.
En estos certificados los datos personales y de identificación (como el DNI o nombre y apellidos) no aparecen en el certificado, ya que son sustituidos por el seudónimo indicado.
El seudónimo utilizado será provisionado por la administración pública solicitante de los certificados y estos podrán ser:
- Número de identificación profesional (NIP), (cuando el NIP no este relacionado con datos personales, como el DNI.)
- Otros indicadores alternativos.
El uso de los certificados de seudónimo esté regulado y limitado a:
- Información clasificada
- Seguridad pública
- Defensa nacional
- Otras actuaciones en las que esté legalmente justificado el anonimato para la realización de actuaciones.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Artículo 43. Firma electrónica del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
- Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos. Artículo 23. Certificados electrónicos de empleado público con número de identificación profesional.
La solicitud consta de dos pasos.
1. Al tratarse de un perfil de certificado para casos tasados debe ponerse en contacto con izenpe (izenpe@izenpe.eus) para inciar el proceso de solicitud.
2. Este es un certificado que se emite en formato software por lo que para su emisión, una vez fomalizada la solicitud, existe un segundo paso:
Para ello se deben seguir los pasos que se describen en la siguiente guía, y en el correo que le enviaremos.
Durante el proceso de emisión será necesario tener instalado este software: